
El 14 de diciembre de 2006 se aprobó la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Esta ley responde a la necesidad de atender a las personas en estado de dependencia, considerando el envejecimiento de la población y la incorporación de las mujeres al mercado laboral.
La Unión Europea estableció en 2002 tres criterios para las políticas de dependencia: universalidad, alta calidad y sostenibilidad. La ley es de carácter universal y público, garantizando igualdad y no discriminación en el acceso a sus prestaciones.
Consulta la ley completa en el BOE: Ver Ley
La ley ofrece un catálogo de servicios y prestaciones según el grado de dependencia:
La ley está destinada a personas nacidas o residentes en España por al menos cinco años, sin importar la edad, siempre que sean dependientes. También puede ser solicitada por cuidadores de personas dependientes.
Para tramitar la ley, se debe presentar una solicitud oficial con documentación relevante a la Administración Pública competente. Esto incluye DNI, certificado de empadronamiento, declaración de la renta, informe social y de salud.
La Administración evaluará la situación de dependencia y elaborará un Programa Individual de Atención (PIA) con los servicios o prestaciones adecuados.
Enlaces para tramitación por comunidades autónomas:
La ley puede ser solicitada en cualquier momento en que una persona se encuentre en situación de dependencia. Los grados de dependencia son: